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Recomendaciones para contratar una empresa de trabajo temporal

Si va a contratar trabajadores por medio de esta modalidad, no solo piense en los beneficios, también debe tener en cuenta que adquiere algunos compromisos.

Jakub Jirsak-123RF

Las empresas de servicios temporales o trabajo temporal prestan un apoyo a la economía y a las compañías que necesitan contratar a un trabajador por un tiempo definido o para una determinada labor específica.

Es más, existe una agremiación de este sector que se llama Acoset (Asociación Colombiana de Empresas de Servicios Temporales), una entidad sin ánimo de lucro, que se encarga de fomentar la utilización y desarrollo de las Empresas de Servicios Temporales (EST), como medio de garantía para el empresario, el trabajador en misión, de sostenimiento del desarrollo económico de la nación y sus regiones, la promoción de servicios que benefician a sus trabajadores de planta, en misión y sus familias.

Desde el año 1975 se encarga de diseñar y ejecutar planes a sus afiliados ofreciéndoles orientación, representación y protección a sus intereses, dentro de un criterio de bienestar y progreso del país, ejerciendo un liderazgo en el manejo de los temas del servicio temporal. Actualmente tiene sedes en Antioquia, Atlántico, Bolívar, Cundinamarca, Santander, Valle y Otras Regiones.

La presencia de este tipo de empresas temporales, dice la sociedad, es benéfica para la economía ya que contribuye a disminuir la informalidad laboral en Colombia. En el año 2012, las empresas de servicios temporales celebraron 1.285.000 empleos temporales en el país y lograron emplear casi 600.000 trabajadores en misión con salarios equivalentes a $4,6 billones. Además, estos aportaron a seguridad social $1,5 billones, con una contribución de 7,5% a la generación de trabajo formal en el país.

De otro lado, es preocupante el incremento de la informalidad laboral en la economía nacional, la cual llegó a 48,8% en lo que va de 2017, de acuerdo al más reciente informe del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE). La población informal alcanzó los 7.100.000 colombianos, mientras que la proporción de trabajadores formales ocupados fue de 51,2%. El 41% de ocupados de manera informal se concentró en los sectores de hoteles, comercio y restaurantes, seguidos por servicios comunales, sociales y personales con 16,8%.

¿Cuándo puede contratar una temporal?

Ante todo, los cargos temporales están definidos en la normatividad colombiana y solo pueden ser contratados a través de EST (Empresas de Servicios Temporales), entendidas como aquellas que proporcionan el personal para actividades por periodos definidos, por ejemplo, cuando se registran picos de demanda que requieren incrementar la producción en temporadas específicas del año. La definición oficial de este modelo indica que este servicio se ejecuta por medio del envío de trabajadores en misión.

El asunto estuvo muy discutido este 2017 a raíz de un fallo del Consejo de Estado donde se le dio la razón a Acoset en la demanda en contra de dos numerales del decreto 583, que según esta entidad, atentaban contra la integridad, el derecho de los trabajadores, fomentaban la informalidad y la creación de empleo.

En su decisión, el Consejo de Estado sentenció que la tercerización laboral es ilegal cuando en una institución pública y privada coinciden dos elementos:

  1. Se vincula personal para desarrollo de las actividades misionales permanentes a través de un proveedor de los mencionados en este decreto.
  2. Se vincula personal de una forma que afecte los derechos constitucionales, legales y prestacionales consagrados en las normas laborales vigentes.

No se debe confundir la EST con una bolsa de empleo, ya que el trabajador en misión no tiene ningún vínculo laboral con la empresa para la cual está trabajando y es la EST la que tiene este vínculo de empleador, responde por su salario, prestaciones sociales, permisos y todo lo que tenga que ver con el horario del trabajador. Las EST no constituyen un ‘outsourcing’ y su contratación es temporal.

¿Qué dice la norma?

El artículo 6 del decreto 4369 de 2006 aclara en qué situaciones una empresa puede contratar los servicios de una temporal:

“Los usuarios de las Empresas de Servicios Temporales sólo podrán contratar con estas en los siguientes casos:

  1. Cuando se trate de las labores ocasionales, accidentales o transitorias a que se refiere el artículo 6 del Código Sustantivo del Trabajo.
  2. Cuando se requiere reemplazar personal en vacaciones, en uso de licencia, en incapacidad por enfermedad o maternidad.
  3. Para atender incrementos en la producción, el transporte, las ventas de productos o mercancías, los períodos estacionales de cosechas y en la prestación de servicios, por un término de seis (6) meses prorrogable hasta por seis (6) meses más.
  4. PARÁGRAFO. Si cumplido el plazo de seis (6) meses más la prórroga a que se refiere el presente artículo, la causa originaria del servicio específico objeto del contrato subsiste en la empresa usuaria, esta no podrá prorrogar el contrato ni celebrar uno nuevo con la misma o con diferente Empresa de Servicios Temporales, para la prestación de dicho servicio.

Sobre el literal 1 que remite al artículo 6 del Código Sustantivo del trabajo se encuentra que:

“Trabajo ocasional, accidental o transitorio, es el de corta duración y no mayor de un mes, que se refiere a labores distintas de las actividades normales del empleador.”

¿Qué debe tener en cuenta el trabajador?

Si usted buscó una oferta de empleo con una temporal y fue seleccionado, todo el proceso de contratación será a través de la EST, por lo tanto, para certificaciones, exámenes, permisos para llegar tarde, o para tomarse el día por alguna vuelta que tiene pendiente, todo este tipo de situaciones que normalmente tiene que solicitar a su jefe directo, pues tienen que ser autorizado por la temporal con la cual quedó vinculado.

Así mismo, es común que para el pago de salario le pidan llenar algunos formatos como cumplimiento de la labor y misión para la cual fue contratado, planillas de horarios y ese tipo de documentos que puede ser algunas veces incómodos de diligenciar. Estos papeles normalmente son firmados por el jefe de área de la empresa para la cual está en misión, así que lo mejor es que haga esas vueltas con tiempo para que su pago no sea retardado.

Beneficios de una temporal para la empresa

  • Da la capacitación adecuada para que el trabajador en misión desempeñe bien la labor de la empresa que busca el recurso humano.
  • Ahorra tiempo en la búsqueda de selección de personal.
  • Se encarga de la labor administrativa, con lo cual se alivia la carga laboral de las empresas.
  • Es la encargada de los pagos de seguridad social y obligaciones fiscales.
  • Ahorra dinero a la empresa, ya que se encarga de la una labor costosa como la búsqueda de personal.
  • Ayuda a solucionar las inquietudes sobre la labor de contratación.

Cortesía: finanzaspersonales.co



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